
Mediante este programa de subvenciones se pretende apoyar la realización de eventos de atracción turística para alcanzar los siguientes objetivos:
a) Generar impacto social y económico positivo en las comarcas vizcaínas.
b) Contribuir a consolidar el posicionamiento turístico de Bilbao Bizkaia tanto a nivel estatal como internacional.
c) Incrementar el número de visitantes y pernoctaciones en el Territorio Histórico de Bizkaia.
2. La puesta en práctica de este programa se llevará a cabo a través de dos áreas de actuación:
a) Área 1: Subvenciones que no constituyen ayudas de estado (No minimis)
b) Área 2: Subvenciones que constituyen ayudas de estado (Minimis
ÁREA 1: SUBVENCIONES QUE NO CONSTITUYEN AYUDAS DE ESTADO (NO MINIMIS)
HECHO SUBVENCIONABLE
La realización de eventos de atracción turística en el Territorio Histórico de Bizkaia que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tengan impacto social y económico positivo en las comarcas vizcaínas.
b) Contribuyan a consolidar el posicionamiento turístico de Bizkaia.
c) Incrementen el número de visitantes y pernoctaciones
ENTIDADES BENEFICIARIAS
- a) Entes de gestión turística
- b) Ayuntamientos y mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia
- c) Entes del sector público local y Sociedades Públicas locales de capital mayoritariamente público que trabajen en el ámbito del desarrollo turístico de BizkaiA
GASTO SUBVENCIONABLE:
- Los gastos necesarios para la realización y promoción del evento.
- El alquiler de locales o de cualquier otro espacio siempre que no sean la sede social de la entidad beneficiaria.
- El montaje de instalaciones y servicios técnicos para la realización del evento.
- La publicidad y difusión del evento.
- La contratación de los seguros exigidos para la realización del evento
CUANTIA DE LA AYUDA:
Los hechos subvencionables tendrán una ayuda máxima del 70% del gasto subvencionable distribuyéndose en función de los puntos obtenidos en la base 23, criterios de valoración de las solicitudes, de la siguiente forma:
- Entre 42 puntos y 50 puntos el 50%.
- Entre 51 puntos y 58 puntos el 60%.
- Entre 59 puntos y 84 puntos: el 70%.
La subvención máxima será de 30.000 euros por entidad beneficiaria en cada convocatoria.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo para la presentación de solicitudes para la primera convocatoria será desde las 08:30 horas del 12 de abril de 2023 hasta las 13:30 horas del 15 de mayo de 2023 y para la segunda convocatoria será desde las 08:30 hora
ÁREA 2: SUBVENCIONES QUE CONSTITUYEN AYUDAS DE ESTADO (MINIMIS)
HECHO SUBVENCIONABLE
La realización de eventos de atracción turística en el Territorio Histórico de Bizkaia que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tengan impacto social y económico positivo en las comarcas vizcaínas.
b) Contribuyan a consolidar el posicionamiento turístico de Bizkaia.
c) Incrementen el número de visitantes y pernoctaciones
ENTIDADES BENEFICIARIAS
- a) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro en cuyo objeto social esté contemplado el desarrollo de actividad turística.
- b) Empresas y otros entes sin personalidad jurídica que realicen un evento turístico
GASTO SUBVENCIONABLE:
- Los gastos necesarios para la realización y promoción del evento.
- El alquiler de locales o de cualquier otro espacio siempre que no sean la sede social de la entidad beneficiaria.
- El montaje de instalaciones y servicios técnicos para la realización del evento.
- La publicidad y difusión del evento.
- La contratación de los seguros exigidos para la realización del evento
CUANTIA DE LA AYUDA:
Los hechos subvencionables tendrán una ayuda máxima del 70% del gasto subvencionable distribuyéndose en función de los puntos obtenidos en la base 23, criterios de valoración de las solicitudes, de la siguiente forma:
- Entre 42 puntos y 50 puntos el 50%.
- Entre 51 puntos y 58 puntos el 60%.
- Entre 59 puntos y 84 puntos: el 70%.
La subvención máxima será de 30.000 euros por entidad beneficiaria en cada convocatoria.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo para la presentación de solicitudes para la primera convocatoria será desde las 08:30 horas del 12 de abril de 2023 hasta las 13:30 horas del 15 de mayo de 2023 y para la segunda convocatoria será desde las 08:30 hora