
El objeto es la financiación de proyectos desarrollados por municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que promuevan en nuestra sociedad una cultura de convivencia, de respeto de los derechos humanos, de empatía y solidaridad.
Entidades Beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Actuaciones Subvenciones
Las ayudas habrán de dirigirse a la realización de alguno de los programas y actividades incluidos en los siguientes ámbitos de actuación:
- Convivencia y Derechos Humanos:
- Actuaciones de participación, divulgación o educación social dirigidas a promover el compromiso con la dignidad humana, los derechos humanos y una convivencia conciliada.
- Iniciativas orientadas a fomentar en la sociedad una conciencia crítica y deslegitimadora en relación con toda forma de violencia, terrorismo o vulneración de derechos humanos.
- Programas que, en relación con toda forma de violencia ocurrida en el pasado, permitan apoyar procesos de reflexión crítica y de reinserción social en línea con la corriente europea de justicia restaurativa.
- Experiencias de participación social y diálogo entre diferentes sobre los retos de una convivencia normalizada, que promuevan el pluralismo y el encuentro social.
- Víctimas y Sociedad
- Acciones de apoyo a las víctimas del terrorismo.
- Actuaciones para el apoyo a las víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política.
- Programas que fomenten la unión entre víctimas y sociedad, así como la aportación de las víctimas a la construcción de la convivencia como participes de sus avances y progresos.
- Diversidad y Solidaridad:
- Proyectos que promuevan los valores de la gestión positiva de la diversidad, la prevención del racismo, la xenofobia o los delitos de odio.
- Experiencias que promuevan los valores de solidaridad y la implicación social frente a las formas más críticas de desigualdad, discriminación, injusticia y exclusión o marginación.
- Acciones de solidaridad, implicación y movilidad social frente a las nuevas expresiones de violencia, guerra y terrorismo internacional.
Cuantía de la Ayuda
El importe máximo que podrá percibir cada entidad beneficiaria por proyecto será de 15.000 €, sin que en ningún caso el importe máximo total de las ayudas que puede percibir en esta convocatoria pueda superar los 50.000 €.
Pago de la Ayuda
El pago de la Ayuda se efectuará de la siguiente manera:
- Un primer pago, por importe equivalente al 50 % de la subvención concedida, dentro del plazo de quince días desde la notificación de su concesión.
- Un segundo pago, en 2026, por el importe resultante de la liquidación efectuada, tras la justificación del empleo de la subvención concedida, ante la Dirección de Derechos Humanos y Atención a Víctimas en los términos previstos en el artículo siguiente.
Plazo de Ejecución
Los proyectos podrán ser desarrollados desde el 1 de enero de 2025 hasta el 1 de septiembre de 2026.
Plazo de Justificación
La justificación de la subvención deberá presentarse en un plazo máximo de un mes desde la fecha de la ejecución de la actividad, y siempre antes del 1 de octubre de 2026.
Otros Documentos
Ficha Resumen: Ficha_v2