
El objeto de esta convocatoria es dar apoyo a proyectos territoriales turísticos que mejoren el atractivo y calidad de los destinos de Euskadi, dinamizando, distribuyendo y generando nuevos flujos turísticos, para el ejercicio 2025 que tengan cabida en los siguientes tipos de proyectos:
- Proyectos territoriales turísticos que mejoren el atractivo de los destinos y la experiencia turística en Euskadi.
- Proyectos que mejoren la competitividad y sostenibilidad de los destinos.
Entidades Beneficiarias
Podrán alcanzar la consideración de beneficiarias las siguientes entidades públicas y privadas:
- Entidades públicas de la CAE (ayuntamientos, organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales y sociedades mercantiles de titularidad pública) responsables de la promoción turística de las capitales vascas, así como de los municipios no integrados en entes de cooperación turística comarcales, por no existir o no haberse constituido estos en su ámbito geográfico, siempre que dichas entidades locales sean titulares de oficinas y/o puntos de información turística pertenecientes a la Red Vasca de Oficinas de Turismo –Itourbask, y estén abiertas al público todo el año.
- Entidades públicas o privadas (cuadrillas y mancomunidades, agencias de desarrollo, asociaciones de desarrollo rural, consorcios, sociedades mercantiles constituidas por entidades públicas y privadas, otras entidades y asociaciones) ubicadas en la CAE y cuyas actuaciones se desarrollen en un ámbito comarcal o supracomarcal de la misma, como entes de cooperación turística o como entes gestores de productos turísticos.
Actuaciones Subvencionables
Serán subvencionables las actuaciones que se inicien y finalicen en el ejercicio 2025 para el desarrollo de las siguientes tipologías de proyectos:
- Proyectos territoriales turísticos que mejoren el atractivo de los destinos y la experiencia turística en Euskadi, cuyas características, requisitos y condiciones se especifican en el Anexo II de la Orden.
- Proyectos que mejoren la competitividad y sostenibilidad de los destinos, cuyas características, requisitos y condiciones se especifican en el Anexo III de la Orden.
Cuantías de las Ayudas
Las cuantías de las ayudas para cada tipo de proyecto turístico subvencionable en la presente Orden son las siguientes:
- Proyectos territoriales turísticos que mejoren el atractivo de los destinos y la experiencia turística en Euskadi (Anexo II):
- Recursos humanos para la gestión, seguimiento y dinamización de los proyectos: 60 % del gasto admitido hasta una subvención máxima de 25.000 euros por entidad.
- Resto de las actuaciones subvencionables: 50 % del gasto admitido.
- Entidades locales de ámbito municipal: 25.000 euros, salvo las capitales vascas, en cuyo caso la subvención máxima será de 75.000 euros.
- Entidades que actúan en un ámbito comarcal o supracomarcal: 75.000 euros.
- Proyectos que mejoren la competitividad y sostenibilidad de los destinos (Anexo III). La ayuda será del 60 % del gasto admitido hasta un importe máximo de 35.000 euros por entidad. El importe admitido se calculará teniendo en cuenta los siguientes factores por proyecto:
- Código Ético Turismo de Euskadi.
- Empresa Turística Inteligente (ETI) Compromiso.
- Empresa Turística Inteligente (ETI) Certificación.
- Destino Turístico Inteligente (DTI) Compromiso.
- Destino Turístico Inteligente (DTI) Certificación.
Abono de la Subvención
El abono de la subvención, que será ordenado por la directora de Turismo y Hostelería, se realizará mediante dos pagos de la manera siguiente: un 70 % de la subvención tras la aceptación de la ayuda concedida, con cargo al crédito consignado para el 2025 y el resto previa justificación de los gastos realizados de conformidad con lo dispuesto en la base 16, con cargo al crédito de compromiso consignado para el 2026.
Plazo de Ejecución
Las actuaciones subvencionables de la presente ayuda será el año 2025.
Plazo de Justificación
El plazo para efectuar lajustificación finalizará el 30 de enero de 2026.