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Ayudas para la contratación de personal técnico en inmigración y para el desarrollo de actividades en materia de inmigración y convivencia intercultural 2025
Tipo de ayuda:
Contratación/ Formación ,  Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
07/07/2025 - 08/08/2025

El objeto de la presente Orden es regular y convocar para el año 2025 las ayudas económicas a Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV, para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración y para el desarrollo de actividades en el ámbito específico de la inmigración y la convivencia intercultural.

Las líneas de actuación, tanto del personal técnico en inmigración, como de los proyectos y programas subvencionados, deberán estar en consonancia con el VI Plan de Intercultural de Ciudadanía, Inmigración y Asilo 2022-2025. Las líneas de ayuda son las siguientes:

  • LÍNEA 1: AYUDAS PARA LA CONTINUIDAD DE LA  CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO EN INMIGRACIÓN
  • LÍNEA 2: AYUDAS PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE INMIGRACIÓN Y CONVIVENCIA INTERCULTURAL

Entidades Beneficiarias

  • Las Entidades Locales de la CAPV.
  • Organismos Autónomos Locales de la CAPV.
  • Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV.

Actuaciones Subvencionables

En ninguna de las líneas subvencionales objeto de convocatoria se concederá más de una subvención al mismo solicitante.

Para la Línea 1: El personal técnico en inmigración contratado deberá desarrollar las  siguientes funciones:

  • Colaborar en el diseño, ejecución y evaluación de la política vasca en materia de inmigración y convivencia intercultural.
  • Participar en espacios de contraste y trabajo en red, promovidos desde la Dirección de  Acogida e Integración de las Personas Inmigrantes o desde las propias Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV.
  • Coordinar con la Dirección de Acogida e Integración de las Personas Inmigrantes los  servicios dependientes de esta, en todas aquellas políticas y estrategias promovidas y dirigidas  desde el Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, en materia de inmigración y  convivencia intercultural.

Para la Línea 2: Es objeto de esta línea financiar la elaboración o ejecución de actividades en el ámbito de los derechos y deberes de ciudadanía, de la promoción de igualdad de trato y no discriminación,  del fomento al reconocimiento del derecho a la diferencia, de generación de espacios de intercambio y de interacción positiva, de la inclusión social de las personas inmigrantes, de la elaboración de planes de acogida y convivencia y en general, de actividades relacionadas con los ámbitos de la ciudadanía, interculturalidad e inmigración que se desarrollen bajo los principios rectores del VI Plan Intercultural de Ciudadanía, Inmigración y Asilo 2022-2025.

Importe de las Ayudas

Para la Línea 1: La cuantía que se destina a esta línea subvencional para el ejercicio 2025 es de 480.000,00 euros, y se financiará un máximo de 16 contratos de personal técnico de inmigración en Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV.

Para la Línea 2:

  • La cuantía que se destina a esta línea subvencional para el ejercicio 2025 es de 850.000,00 euros.
  • Las Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la CAPV subvencionadas deberán financiar como mínimo el 25 % del presupuesto total objeto de esta subvención.
  • La Dirección de Acogida e Integración de las Personas Inmigrantes podrá financiar un 75 %  del presupuesto total aprobado de las actividades presentadas en cada solicitud, salvo que haya sobrefinanciación.
  • La subvención concedida a cada entidad beneficiaria en ningún caso superará el total de  40.000 euros.

Pago de la Subvención

El pago de las ayudas, tanto para el desarrollo de actividades como para la contratación de personal, será fraccionado, abonándose el 70 % sin mediar renuncia expresa, y previa justificación de la ejecución y acreditación del gasto correspondiente como mínimo al 70 % de las acciones subvencionadas. Esta justificación se deberá realizar con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.

El 30 % restante se abonará en el ejercicio 2026, previa justificación del resto de acciones pendientes de justificación con anterioridad al 31 de marzo de 2026.

Al tratarse de una ayuda plurianual, en ningún caso se abonará el 100 % de la ayuda concedida con anterioridad al 1 de enero de 2026.

Plazo de Ejecución

El plazo de ejecución de la actuación del personal contratado o de desarrollo de las actividades es el ejercicio 2025.

Plazo de Justificación

Las entidades beneficiarias deberán justificar el gasto correspondiente al 70 % de las acciones subvencionadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, y el 30 % restante deberá ser objeto de justificación con anterioridad al 31 de marzo de 2026.

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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