La presente orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2024, las subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación, promovidos por las entidades locales, que tengan las siguientes características:
- Los proyectos deberán aportar una visión integral del problema demográfico de la zona en la que se prevé que se desarrolle, tener en cuenta las diferentes perspectivas y, preferentemente, abordar respuestas transferibles para otras zonas rurales con problemas demográficos similares.
- Los proyectos deberán tener como objetivo propiciar la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación, mediante la revalorización del espacio rural; y ello desde una dimensión socioeconómica, medio ambiental y de género.
- Los proyectos deben tener un contenido innovador para el territorio, de modo que promuevan el desarrollo, ejecución y prestación de nuevos servicios y actuaciones o la ampliación y mejora de servicios públicos que incrementen la acción administrativa actualmente existente.
Entidades Beneficiarias
Los proyectos deberán identificar el ámbito territorial en el que se prevé su desarrollo, que podrá ser uno o varios municipios, siendo elegibles para financiación:
- Los municipios con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes.
- Los municipios con una población superior a los 5.000 habitantes, siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores con una población inferior a los 5.000 habitantes.
Actuaciones Subvencionables
Proyectos que tengan como finalidad incentivar acciones para la creación de ecosistemas innovadores impulsados por las entidades locales, abiertos a la participación social y orientados a generar proyectos tractores, que tengan un efecto multiplicador y destinados a fomentar el desarrollo económico o la diversificación de la actividad económica de las zonas afectadas en los que concurran, al menos, dos de los objetivos específicos que se indican.
Plazo de Ejecución
El plazo máximo de ejecución de los proyectos que resulten subvencionados se fija hasta el 31 de diciembre de 2026.
Plazo de Justificación
El plazo de presentación de los documentos anteriores será, como máximo, de tres (3) meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad previsto.
Otros Documentos de Interés
Ampliación de Presupuesto: Anuncio 38187 del BOE núm. 255 de 2024