El objeto es la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2024, a municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinadas a proporcionar la asistencia técnica especializada necesaria para la realización de diagnósticos, elaboración y evaluación de «planes para la igualdad de mujeres y hombres», «planes sectoriales y/o estratégicos para la igualdad», «protocolos locales en materia de violencia machista contra las mujeres» y «ordenanzas para la igualdad».
Entidades Beneficiarias
Podrán solicitar las subvenciones convocadas en la presente Resolución, aquellos municipios, cuadrillas, mancomunidades y agrupaciones de municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi que deseen realizar diagnósticos y/o elaborar y evaluar «planes para la igualdad de mujeres y hombres», «planes sectoriales y/o estratégicos para la igualdad», «protocolos locales en materia de violencia machista contra las mujeres» y «ordenanzas para la igualdad».
Actividades Subvencionables
En consonancia con los fines del Instituto, las ayudas deberán ir dirigidas a subvencionar los gastos derivados de la asistencia técnica especializada necesaria para la realización de diagnósticos de la situación de mujeres y hombres en el ámbito local y/o la elaboración y evaluación de planes para la igualdad en desarrollo del Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAPV.
En concreto, se admitirán los siguientes tipos de gastos:
- Gastos de personal derivados de la ampliación del contrato de la técnica o técnico de igualdad, con carácter temporal, para la realización de forma exclusiva del proyecto de trabajo.
- Gastos de asistencia técnica especializada mediante la contratación de personas y empresas consultoras.
- Gastos derivados de medidas complementarias para eliminar las trabas que impiden la participación en el proceso de trabajo de las mujeres con especiales dificultades o que sufren discriminación múltiple.
Cuantía de las Subvenciones
La cuantía de la subvención ascenderá al 75 % del presupuesto aprobado para la realización de las actividades para las que solicitan la subvención en los casos de los municipios de población superior a 7.000 habitantes, y al 90 % en los casos de los municipios de población inferior a 7.000 habitantes; así como en el caso de cuadrillas, mancomunidades o agrupaciones de municipios de población inferior a 7.000 habitantes.
Plazo de Ejecución
Las actuaciones subvencionables se deberán realizar desde el 1 de enero hasta el 16 de diciembre 2024.
Plazo de Justificación
El pago de la subvención se efectuará una vez realizadas las actividades y justificados todos los gastos correspondientes a la subvención otorgada, mediante la presentación hasta el 16 de diciembre de 2024.
Otros Documentos de Interés
Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)