Convocar subvenciones forales destinadas a promover la participación de los ayuntamientos o agrupaciones en los que participan ayuntamientos de Bizkaia de menos de 150.000 habitantes en programas e iniciativas de la Unión Europea.
Entidades Beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias las siguientes:
- Los ayuntamientos de Bizkaia de menos de 150.000 habitantes.
- Las siguientes agrupaciones en las que participen ayuntamientos de Bizkaia de menos de 150.000 habitantes:
- Las Mancomunidades de Bizkaia.
- Centros de Apoyo al Empleo «Behargintzak» de Bizkaia.
- Federación y Asociaciones de Desarrollo Rural de Bizkaia.
- Entes de Gestión Turística de ámbito comarcal de Bizkaia, reconocidas en la Estrategia de Turismo Bilbao-Bizkaia 2030, que son: Gorbeialde, Jata Ondo, Urkiola, Urremendi, Enkartur y Lea Artibai Fundazioa.
Gastos Subvencionables
Se considerarán gastos subvencionables aquellos que figuren en las facturas emitidas por empresas de consultoría externa con motivo de las labores de asistencia técnica y consultoría que tengan por finalidad la presentación de proyectos locales a programas e iniciativas europeas.
Además, se admitirán los siguientes gastos:
- Estudios de viabilidad y de mercado.
- Informes y estudios técnicos específicos necesarios para el desarrollo del proyecto.
- Informes de valoración sobre la adecuación del proyecto a la iniciativa europea, el consorcio europeo propuesto y su encaje final en un convocatoria concreta.
- Coordinación de actividades del consorcio.
- La redacción del proyecto.
- La presentación del proyecto por los medios que se requieran.
Número de Subvenciones
El número de subvenciones será el máximo posible de acuerdo con la consignación presupuestaria y el importe de las ayudas otorgadas finalmente.
Cuantía de la Ayuda
Para los ayuntamientos de Bizkaia de menos de 150.000 habitantes:
- Si tiene menos de 1.200 habitantes, se financiará el 100% de los costes externos.
- Si tiene más de 1.200 y menos de 7.500 habitantes, se financiará el 75% de los costes externos.
- Para el resto de entidades beneficiarias, se financiará el 50% de los costes externos.
Para las agrupaciones en las que participen ayuntamientos de Bizkaia de menos de 150.000 habitantes:
- Si la suma de la población de los ayuntamientos que componen la entidad beneficiaria resulta ser menor de 1.200 habitantes, se financiará el 100% de los costes externos.
- Si dicha suma resulta ser mayor de 1.200 y menor de 7.500 habitantes, se financiará el 75% de los costes externos.
- Para el resto de supuestos, se financiará el 50% de los costes externos habidos.
Con el fin de evitar una excesiva concentración de las ayudas, se ha fijado un límite de 10.000 euros por entidad beneficiaria.