
El objeto es la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2025, a municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinadas a proporcionar la asistencia técnica especializada necesaria para la realización de diagnósticos, elaboración y evaluación de «planes para la igualdad de mujeres y hombres», «planes sectoriales y/o estratégicos para la igualdad», «protocolos locales en materia de violencia machista contra las mujeres» y «ordenanzas para la igualdad».
Entidades Beneficiarias
Municipios, cuadrillas, mancomunidades y agrupaciones de municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Actuaciones Subvencionadas
Las ayudas deberán ir dirigidas a subvencionar los gastos derivados de la asistencia técnica especializada necesaria para la realización de diagnósticos de la situación de mujeres y hombres en el ámbito local y/o la elaboración y evaluación de planes para la igualdad en desarrollo del Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAE.
Gastos Subvencionables
Las ayudas podrán sufragar los gastos ocasionados por la prestación de la asistencia técnica especializada que se necesite para la elaboración del diagnóstico o la elaboración y evaluación del plan para la igualdad.
En concreto, se admitirán los siguientes tipos de gastos:
- Gastos de personal derivados de la ampliación del contrato de la técnica o técnico de igualdad del municipio, agrupación municipal, cuadrilla o mancomunidad o de la contratación directa de personal técnico en igualdad, con carácter temporal, para la realización de forma exclusiva del proyecto de trabajo.
- Gastos de asistencia técnica especializada mediante la contratación de personas y empresas consultoras.
- Gastos derivados de medidas complementarias para eliminar las trabas que impiden la participación en el proceso de trabajo de las mujeres con especiales dificultades o que sufren discriminación múltiple.
Cuantía de las Ayudas
La cuantía de la subvención ascenderá al 75% del presupuesto aprobado para la realización de las actividades para las que solicitan la subvención en los casos de los municipios de población superior a 7.000 habitantes, y al 90% en los casos de los municipios de población inferior a 7.000 habitantes; así como en el caso de cuadrillas, mancomunidades o agrupaciones de municipios de población inferior a 7.000 habitantes.
Se concederá un máximo de 15.000 € por proyecto si es presentado por un municipio con población inferior a 7.000 habitantes, 7.500 €.
Si es presentado por un municipio con población superior a 7.000 habitantes, y 30.000 €.
Forma de Pago
El pago de la subvención se efectuará una vez realizadas las actividades y justificados todos los gastos correspondientes a la subvención otorgada.
Plazo de Ejecución
Desde el 1 de enero hasta el 16 de diciembre 2025.
Plazo de Justificación
El plazo máximo para presentar la justificación será el 16
de diciembre de 2025.
Otros Documentos
Ficha Resumen: Ficha_v2