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Subvenciones para la realización de Proyectos Culturales Bizkaia 2025
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
21/06/2025 - 11/07/2025

Serán objeto de subvención los siguientes proyectos que se desarrollen en el Territorio Histórico de Bizkaia durante el año 2025:

  • Proyectos culturales de especial trascendencia.
  • Proyectos de interés cultural.
  • Proyectos culturales de empresas.
  • Festivales de Bizkaia – «Bizkaiko Jaialdiak».
  • Exposiciones de prácticas artísticas contemporáneas de especial relevancia.

El proyecto que motive una solicitud de subvención, sólo podrá hacerlo al amparo de una de estas categorías, siendo excluyentes entre sí.

Entidades Beneficiarias

Podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas en el presente decreto, las siguientes personas:

  • Asociaciones, fundaciones privadas y las cooperativas de iniciativa social.
  • Los ayuntamientos, organismos autónomos municipales y mancomunidades de ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia.
  • En las categorías de las subvenciones a proyectos culturales de empresas podrán concurrir las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades cooperativas, y las sociedades civiles así como las personas físicas que ejerzan actividades profesionales y/o empresariales.

Actuaciones Subvencionables

1. SUBVENCIONES A PROYECTOS CULTURALES DE ESPECIAL TRASCENDENCIA

Son subvencionables los proyectos que presenten un alto grado de especialización o singularidad y sean de especial trascendencia para el panorama cultural de Bizkaia, debiendo hacer referencia a las siguientes áreas culturales:

  • Artes visuales y audiovisuales.
  • Artes escénicas.
  • Cultura tradicional (música, danza y folklore vasco).
  • Investigación y desarrollo en temas culturales.
  • Pensamiento y debate.
  • La edición de publicaciones periódicas que versen sobre literatura o cualquiera de las áreas culturales objeto de subvención.

Los proyectos deben contar con un presupuesto depurado mínimo de 120.000 € en caso de ser desarrollados por asociaciones, fundaciones privadas, y cooperativas de iniciativa social del Territorio Histórico de Bizkaia, y 175.000 € en caso de serlo por ayuntamientos, organismos autónomos municipales y mancomunidades de ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia.

Los proyectos deberán desarrollarse durante el ejercicio 2025.

2. SUBVENCIONES A PROYECTOS DE INTERÉS CULTURAL

Los proyectos subvencionables son aquellos cuyas actividades, por su valor artístico y creativo, supongan una importante aportación a la oferta cultural de Bizkaia, tengan un alcance que supere el marco municipal, y se refieran a las siguientes áreas culturales:

  • Artes escénicas.
  • Folklore.
  • Investigación y desarrollo cultural.
  • Artes visuales y audiovisuales.
  • Pensamiento y debate.
  • La edición de publicaciones periódicas que versen sobre literatura o cualquiera de las áreas culturales objeto de subvención.

Además, deben contar con un presupuesto depurado:

  • Igual o superior a 10.000 €, e inferior a 120.000 € en caso de ser desarrollados por asociaciones, fundaciones privadas, y cooperativas de iniciativa social de Bizkaia.
  • Igual o superior a 15.000 €, e inferior a 175.000 €, en caso de serlo por ayuntamientos, organismos autónomos municipales, y mancomunidades de ayuntamientos de Bizkaia.

Los proyectos deberán desarrollarse durante el ejercicio 2025.

3. SUBVENCIONES A FESTIVALES DE BIZKAIA «BIZKAIKO JAIALDIAK»

Serán objeto de subvención aquellos proyectos destinados a promocionar la realización de festivales de Bizkaia «Bizkaiko Jaialdiak» en el Territorio Histórico de Bizkaia durante el año 2025, siempre que los festivales reúnan los siguientes requisitos:

  • Que estén configurados por espectáculos de artes escénicas: música, danza y/o teatro.
  • Que comprendan un mínimo de cuatro actuaciones (conciertos, representaciones, puestas en escena o exhibiciones).
  • Cuyos presupuestos, una vez depurados, sean iguales o superiores a 10.000 € en el caso de asociaciones, fundaciones privadas, y cooperativas de iniciativa social; y 15.000 € en el caso de ayuntamientos, organismos autónomos municipales y mancomunidades de ayuntamientos de Bizkaia.

4. SUBVENCIONES A EXPOSICIONES DE PRÁCTICAS ARTÍSTICAS CONTEMPORÁNEAS DE ESPECIAL RELEVANCIA

Son subvencionables las exposiciones de prácticas artísticas contemporáneas de especial relevancia, programadas por las diferentes salas de exposiciones de titularidad municipal, o las salas de exposiciones concertadas por los municipios de Bizkaia durante el año 2025.

Las exposiciones subvencionables deberán tener su inicio dentro del año 2025 y finalizar antes del 31 de diciembre de 2025, tener una duración mínima de tres semanas y contar con una persona comisaria responsable de todo lo relacionado con la exposición.

Se consideran gastos subvencionables:

  • Edición del catálogo de la exposición.
  • Comisariado de la/s exposición/es.
  • Transporte de las obras de arte desde el lugar en que se encuentran ubicadas a la sala de exposiciones y regreso, así como entre las salas, y los seguros inherentes a la exposición.
  • Actividades de mediación.
  • Honorarios de artistas.
  • Personal contratado por la entidad solicitante dedicado expresamente al desarrollo de la exposición.
  • Publicidad de la exposición.

Plazo de Justificación

El plazo máximo para la justificación de la presente será el 31 de marzo de 2026.

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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