Es objeto del presente decreto foral aprobar las bases reguladoras y la convocatoria pública de subvenciones para el año 2026, en régimen de libre concurrencia, a efectos de poder impulsar la implantación del Proyecto de Ciudades Amigables con las P Mayores basado en la metodología de la Organización Mundial de la Salud, en elersonas Territorio Histórico de Bizkaia.
Entidades beneficiarias
Podrán adquirir la consideración de entidades beneficiarias de esta subvención: los ayuntamientos, mancomunidades y consorcios municipales del Territorio Histórico de Bizkaia, que habiéndose adherido a la Red de municipios de Euskadi Lagunkoia y a la Red Mundial de Ciudades Amigables de la OMS o, en su defecto, habiendo solicitado la adhesión, acuerden iniciar, o hayan iniciado la implantación dentro de sus respectivos ámbitos territoriales del Proyecto de la OMS.
Proyectos subvencionables
A través de este decreto se van a subvencionar actuaciones incluidas en las etapas del ciclo de implantación del Proyecto de Ciudades Amigables con las Personas Mayores, contempladas por la metodología de la OMS: planificación, ejecución del plan, evaluación de los procesos realizados y mejora continua, y más concretamente:
- El establecimiento de mecanismos para involucrar a las personas mayores en la realización del proyecto, que junto con personas profesionales técnicas, representantes políticas locales y municipales y otros agentes de la comunidad conformen el equipo motor del proyecto.
- Diagnóstico del grado de amigabilidad del municipio, mancomunidad o consorcio municipal, elaboración de un plan de acción e identificación de indicadores de seguimiento, teniendo en cuenta al menos cuatro de las ocho áreas que condicionan el envejecimiento activo.
- Actuaciones de ejecución.
- Actuaciones de seguimiento, evaluación y control de la ejecución del plan de acción.
Gastos subvencionables
- Gastos de personal propio de la entidad solicitante, directamente relacionados con la actividad subvencionada.
- Gastos externos directamente relacionados con la actividad subvencionada:
- Arrendamientos.
- Servicios profesionales independientes.
- Publicidad, propaganda y relaciones públicas.
- Gastos de compensación del voluntariado.
- Resto de gastos, gastos generales y/o indirectos.
Plazo de ejecución
El plazo de ejecución del objeto de la subvención abarcará el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
Plazo de justificación
Esta cuenta justificativa deberá presentarse desde las 00:00h del 11 de enero hasta las 13:30h del 31 de mayo de 2027.
Otros documentos de interés
Extracto de la convocatoria 2026: I-1478_cas.pdf