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Subvenciones para Proyectos de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial 2025
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
10/11/2025 - 10/12/2025

Las ayudas convocadas tienen por objeto la ejecución de proyectos o actividades desarrollados en el ámbito territorial de la CAPV que contribuyan a la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial vasco, incluyéndose además el patrimonio material que le es inherente.

Serán subvencionados con carácter prioritario aquellos proyectos centrados en bienes con elevado riesgo de desaparición y enfocados a reactivar, en el ámbito laboral, usos y formas de trabajo tradicionales, quedando incluida la recuperación, mejora y rehabilitación de los elementos materiales, muebles e inmuebles que les son inherentes para su desarrollo.

Únicamente se considerará patrimonio cultural inmaterial el que sea compatible con los tratados internacionales de derechos humanos y con los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos.

Entidades Beneficiarias

Administraciones públicas de carácter local, ayuntamientos, entidades menores, agrupaciones de ayuntamientos, o similares; Personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro; Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas.

Actuaciones Subvencionables

Serán subvencionables los proyectos de documentación, investigación, registro, promoción, generación, reactivación, celebración etc. que contribuyan a la salvaguarda y protección del patrimonio cultural inmaterial vasco.

  • Línea 1: Investigación, catalogación, análisis y planes.
  • Línea 2: Proyectos que supongan la ejecución de actividades de generación y difusión de patrimonio inmaterial.
  • Línea 3. Actividades de promoción y difusión del patrimonio inmaterial realizadas por entidades locales.

Cuantía de las Ayudas

Las ayudas podrán alcanzar hasta el 90 % de los gastos subvencionables incluidos en el presupuesto aprobado, sin superar los 20.000 € por proyecto para la línea 1. Para los proyectos del resto de las líneas, la subvención podrá alcanzar hasta el 75 %, con un máximo de 25.000 € por proyecto, excepto para los proyectos señalados en el apartado 1 de la línea 2 (2.1) y los apartados 3 y 4 de la línea 3 (3.3 y 3.4) que podrán recibir hasta 50.000 € y siempre dentro de las consignaciones presupuestarias del Departamento de Cultura y Política Lingüística.

Abono de la Ayuda

Las subvenciones concedidas con cargo a la presente Orden serán abonadas fraccionadamente, del siguiente modo:

  • Un primer pago por importe del 50 % de la subvención, tras la concesión.
  • El abono del 50 % restante del total se efectuará conforme a lo establecido en la Resolución de concesión, previa justificación del gasto y presentación de la documentación requerida. Este segundo pago se efectuará, en todo caso, en 2026.

Plazo de Ejecución

Las acciones subvencionables deberán realizarse entre en 2 de enero de 2025 hasta el 30 de octubre de 2026.

Plazo de Justificación

La fecha límite de presentación de la documentación de justificación es el 30 de octubre de 2026, incluido este.

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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