El objeto de esta sección es establecer y regular las ayudas que el Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia podrá conceder para apoyar la contratación y el mantenimiento del empleo mediante la contratación indefinida o la conversión de contrato temporal en indefinido o apoyar la empleabilidad de las personas desempleadas que hayan participado en los programas mixtos de empleo-formación (Laborlan y Teknilan Plus), liderados por DEMA Enpresa Garapena de Barakaldo, por las empresas de Bizkaia.
Líneas de ayudas:
- Incentivos a la contratación indefinida: apoyar la contratación y el mantenimiento del empleo mediante la contratación indefinida o la conversión de contrato temporal en indefinido
- Experiencia profesional: apoyar la empleabilidad de las personas desempleadas que hayan participado en los programas mixtos de empleo-formación (Laborlan y Teknilan Plus), liderados por DEMA Enpresa Garapena de Barakaldo.
Entidades beneficiarias:
- Empresas de Bizkaia, cualquiera que sea su forma jurídica
- Los empresarios y empresarias individuales y profesionales
- Las comunidades de bienes y sociedades civiles
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, del Territorio Histórico de Bizkaia
Personas destinatarias:
- Personas mayores de 45 años de edad, entendiendo por tales aquellas que hayan cumplido los 45 años.
- Personas jóvenes de hasta 30 años.
- Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquellas que acrediten no haber trabajado más de un mes en un período de 13 meses anteriores al inicio de la contratación.
- Personas con discapacidad, entendiendo por tales aquellas que acrediten una valoración de la situación de discapacidad en un porcentaje igual o superior al 33%.
- Personas en riesgo de exclusión
Acciones subvencionables:
Serán subvencionables los contratos indefinidos y las conversiones de contrato temporal en indefinido realizadas entre el 1 de noviembre del 2022 y el 28 de julio de 2023.
Requisitos del contrato:
- Serán subvencionables los contratos indefinidos celebrados con personas desempleadas entre el 1 de noviembre del 2022 y el 28 de julio de 2023.
- Serán, así mismo, subvencionables las conversiones de contratos temporales en indefinidos, formalizadas entre el 1 de noviembre del 2022 y el 28 de julio de 2023.
- Los contratos indefinidos y las conversiones de contratos temporales en indefinidos deberán ser a jornada completa desde la fecha de inicio del contrato o conversión y durante toda su vigencia.
- Para que sea subvencionable el contrato indefinido, si la persona trabajadora, por la que se solicita subvención, ha tenido un contrato previo en la misma empresa que ha finalizado, ha debido de transcurrir un periodo mínimo de 1 mes entre ambos contratos.
- En el caso de conversiones de contratos:
- La persona trabajadora no ha debido estar contratada por la entidad solicitante durante un plazo superior a 18 meses en un periodo de 24 meses, previos a la conversión.
- Las conversiones de los contratos deberán mantener, al menos, las mismas condiciones en términos de salario y jornada que tenía el contrato temporal precedente.
- Las personas trabajadoras contratadas mediante contrato indefinido han de acreditar la situación de desempleo inmediatamente antes de la fecha de inicio del contrato y hasta la fecha de formalización del mismo.
Cuantía de la ayuda:
Línea 1:
- La cuantía de la subvención para los contratos indefinidos será de 3.000 euros y de 3.600 si la persona contratada es una mujer. 3.750 euros para contratos en el ámbito de la transición ecológica hacia una economía verde o en el ámbito de la transformación digital (art. 5.5)
La cuantía de la subvención para las conversiones de contratos temporales en indefinidos será de 2.500 euros. - En el caso de que la persona trabajadora haya participado y completado algún programa de empleo del Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad, o de DEMA Enpresa Garapena de Barakaldo la cuantía de la subvención será de 4.000 euros
- A cada entidad beneficiaria, un máximo de 10 contrataciones y la cuantía máxima de subvención por el conjunto de todas ellas no podrá ser superior a 30.000 euros.