
El de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a actuaciones forestales que se realicen en montes privados del Territorio Histórico de Bizkaia derivadas de los Planes Técnicos de Gestión Forestal Sostenible aprobados por la Diputación Foral de Bizkaia, así como la elaboración de los propios Planes.
Entidades Beneficiarias
Asociaciones de propietarios/as, mancomunidades, Juntas administrativas y Ayuntamientos; Personas físicas y jurídicas.
Actuaciones Subvencionables
- Actuación 1: Forestaciones y creación de superficies forestales.
- Actuación 2: Planes Técnicos de Gestión y proyectos de mejora selvícola.
- Actuación 3: Inversiones forestales en Infraestructuras.
- Actuación 4: Inversiones en prevención de daños forestal.
- Actuación 5: Inversiones en reparación de daños forestales.
- Actuación 6: Inversiones en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales.
Plazo de Ejecución
Las actuaciones subvencionables comprenderán aquellas que se realicen desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes del anterior plan de ayudas aprobado por la Diputación Foral de Bizkaia y con anterioridad al:
- 1 de junio de 2025, para las inversiones de la actuación 1 Forestaciones y creación de superficies forestales (repoblaciones, cierres y protectores).
- 1 de octubre de 2025, para las inversiones de las actuaciones 2, 3, 4 y 5. (Los desbroces realizados con anterioridad al presente periodo de solicitudes, no serán subvencionables).
- 1 de diciembre del ejercicio para el que se apruebe, para, las inversiones de la actuación 6 Inversiones forestales en Infraestructuras.
Plazo de Justificación
Los trabajos y la justificación de las inversiones se realicen con anterioridad al 1 de octubre del año 2025, excepto las inversiones y sus justificaciones consignadas en la actuación 1 (repoblaciones, cierres y protectores), cuyos trabajos y justificaciones deberán realizarse con anterioridad al 1 de junio de 2025 y las inversiones de la actuación 6 (pistas forestales), y sus justificaciones se deberán realizar antes del 1 de diciembre del ejercicio para el que se apruebe.
Otros Documentos
Ficha Resumen: Ficha_v2