Ayudas para el desarrollo sostenible de las zonas de pesca: ITSASGARAPEN_2022

Tipo de ayuda:
Inversiones
Plazo de solicitud:
01/06/2022 - 30/06/2022
Reglamento:
Minimis
La presente Orden tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a proyectos que se ejecuten al amparo de las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) aprobadas por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente al Grupo de Acción Local Itsas Garapen Elkartea, en adelante GALP.
Entidades beneficiarias:
- Para los proyectos de inversión productiva o creación de empleo podrán resultar beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas, que sean micro, pequeñas y medianas empresas
- Para los proyectos de inversión no productiva podrán ser beneficiarios los siguientes agentes sectoriales de la Comunidad Autónoma de Euskadi:
- Cofradías de pescadores y sus federaciones
- Asociaciones profesionales del sector pesquero y sus federaciones
- Organizaciones de Productores y sus asociaciones.
- Entidades sin ánimo de lucro integradas solo por cofradías de pescadores y/o asociaciones del sector pesquero.
- Personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro que tengan, entre sus objetivos, alguno de los siguientes:
- Fomentar las actividades náuticas.
- Promocionar los productos pesqueros del territorio
- Fomentar el medio ambiente marino y costero
- Promover el patrimonio cultural marítimo pesquero
- Formación y capacitación de personas.
- Promoción turística
Actuaciones subvencionables:
- Inversiones productivas:
- Actividades que suponen la realización de una actividad económica, tendentes a la producción de bienes o servicios.
- Creación de empleo
- Inversiones no productivas:
- Campañas promocionales
- Promoción de empresas que impartan capacitación y formación para el desarrollo de personas.
- Actividades para dar a conocer el patrimonio marítimo pesquero y las técnicas de pesca
- Estudios ambientales de los ecosistemas de las zonas pesqueras, de reutilización de activos pesqueros desuso, explotación sostenible de los recursos pesqueros, eficiencia energética, ahorro y reutilización del agua, reducir el impacto de los trabajos de logística, transporte y distribución, viabilidad técnica y económica para la creación de nuevos proyectos.
- Actuaciones para mejorar las condiciones de trabajo, seguridad, salud e higiene en la pandemia del COVID-19.
Gastos elegibles:
- En el caso de las ayudas a inversiones productivas:
- La construcción, adquisición o rehabilitación de bienes inmuebles
- La compra y el arrendamiento financiero de maquinaria y equipos nuevos hasta el valor de mercado del bien.
- Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en los apartados a) y b), tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, hasta un máximo del 10 %.
- La adquisición de un vehículo industrial siempre que la actividad subvencionada se desarrolle en el mismo.
- La adaptación de vehículos para el desarrollo de la actividad objeto de la subvención.
- La adaptación de un barco de pesca.
- Inversiones en bienes intangibles
- Utillaje y mobiliario.
- Estudios vinculados a la inversión objeto de la solicitud de ayuda, hasta un máximo del 10 %.
- Otras infraestructuras vinculadas.
- El IVA no recuperable con arreglo a la legislación aplicable.
Cuantía de las ayudas:
- El porcentaje máximo de ayuda para proyectos de inversión productiva será del 50% del gasto subvencionable.
- En el caso de operaciones relacionadas con la pesca artesanal costera, la ayuda puede incrementarse hasta un 80%.
- En el caso de operaciones realizadas por organizaciones de productores, asociaciones de organizaciones de productores o agrupaciones interprofesionales, la ayuda podrá incrementarse hasta el 75%.
- En el caso de proyectos de diversificación del sector pesquero, el porcentaje máximo para los productos de producción puede incrementarse hasta el 100% de los gastos subvencionables del proyecto.
- En el caso de barcos de la lista 6.ª del Registro de Matriculas de buques el importe de la ayuda
no excederá del 25 % del coste de adquisición y no será superior a 75.000 euros.
- El porcentaje máximo de ayuda para proyectos de inversión no productiva:
- El porcentaje de ayuda máxima para proyectos de inversión no productivo ascenderá al 50 %
del gasto subvencionable total de la operación. - En el caso de operaciones vinculadas a la pesca costera artesanal la ayuda puede incrementarse hasta el 80 %
- En el caso de operaciones ejecutadas por organizaciones de productores, asociaciones de
organizaciones de productores o asociaciones interprofesionales la ayuda puede incrementarse hasta el 75 %. - El porcentaje máximo de ayuda para los proyectos de inversión no productiva podrá ascender
al 100 % de los costes de los gastos subvencionables del proyecto - Ferias o eventos vinculados al sector pesquero o actividades relacionadas con el mar hasta 6.000
euros
- El porcentaje de ayuda máxima para proyectos de inversión no productivo ascenderá al 50 %
- En el caso de proyectos con creación de empleo:
- Cantidad fija que se abonará por cada puesto de trabajo creado con un máximo de 6.000€ por puesto creado.
Tamaño empresa
1 - >250
Sector económico
Comercio al por mayor
Sector alimentario
Organismo
Gobierno Vasco