La actividad subvencionable con arreglo al presente decreto foral es la realización de inversiones en instalaciones deportivas durante los años 2024 y 2025 por parte de entidades locales del Territorio histórico de Bizkaia.
Se entenderá por inversión: la modificación de la estructura, el acondicionamiento o mejora de la habitabilidad de los espacios, incluida la sustitución de su equipamiento y redistribución, de instalaciones existentes.
Las actuaciones que motiven la solicitud de subvención deberán desarrollarse en los ejercicios 2024 y/o 2025.
Cada entidad podrá presentar una única solicitud de subvención.
Entidades Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto foral los ayuntamientos, mancomunidades, organismos autónomos municipales de deportes y sociedades públicas municipales de Bizkaia.
Gastos Subvencionables
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios, y se realicen en el plazo establecido, sin que el coste de adquisición de los gastos subvencionables pueda ser en ningún caso superior al valor de mercado.
Cuantía de las Ayudas
El porcentaje máximo de subvención será de hasta un 75% del presupuesto depurado del proyecto, hasta un máximo de 300.000 €
Plazo de Ejecución
La actuación objeto de subvención se deberá realizar durante los ejercicios 2024 y/o 2025.
Plazo de Justificación
La entidad beneficiaria deberá realizar la justificación de la ayuda antes del 27 de marzo de 2026.
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Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)