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Ayudas a la Realización de Auditorías Energéticas Integrales en PYMEs del Sector Industrial y Terciario_2023
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
25/04/2023 - 31/10/2024
Reglamento:
Minimis

El objetivo prioritario de promover acciones que persigan el uso potencial de energías renovables, así como el ahorro y la eficiencia energética en los sectores industrial y terciario, todo ello en el territorio de la CAE e identificar y promover acciones que persigan el ahorro y la eficiencia energética, así como el uso de energías renovables en instalaciones y edificios públicos localizados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

 

 

Entidades Beneficiarias

PYME dentro de los sectores industrial y terciario.

Actuaciones Subvencionables

  • La realización de auditorías energéticas integrales en PYMES de los sectores industrial y terciario objeto que se desarrollen bajo la norma UNE-EN 16247, o sus modificaciones o mejoras posteriores.
  • Se consideran gastos subvencionables todos aquellos costes de los trabajos necesarios para la correcta realización de dichas actuaciones, incluyendo la recopilación de información, realización de visitas, mediciones y cálculos, organización de reuniones y dinámicas y redacción de documentos.

Plazo de Ejecución

  • La actuación debe iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda;
  • La ejecución, facturación y pago de la actuación debe realizarse y justificarse en un plazo máximo de seis (6) meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de otorgamiento de la ayuda y, en todo caso, no más tarde del 31 de octubre de 2024.

Cuantía de la Subvención

  • La subvención máxima será del 50% del coste subvencionable.
  • Se establece un límite máximo al coste subvencionable en función del consumo de energía:
    • Consumo de Energía (tep/año): 300 – < 500 = Coste Subvencionable Máximo (€): 9.800€
    • Consumo de Energía (tep/año): 150 – < 300 = Coste Subvencionable Máximo (€): 7.700€
    • Consumo de Energía (tep/año): 50 – <150 = Coste Subvencionable Máximo (€): 6.600€
    • Consumo de Energía (tep/año): 30 – <50 = Coste Subvencionable Máximo (€): 5.300€
    • Consumo de Energía (tep/año): 20 – <30 = Coste Subvencionable Máximo (€): 4.400€
    • Consumo de Energía (tep/año): 10 – <20 =Coste Subvencionable Máximo (€): 3.800€
    • Consumo de Energía (tep/año): 0 – <10 = Coste Subvencionable Máximo (€): 3.300€

Compatibilidad con Otras Ayudas

Las ayudas a percibir por los beneficiarios serán compatibles con otras subvenciones.

Plazo de Solicitud

  • El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda al presente programa de ayudas comenzará al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (en adelante «BOPV») y finalizará en el momento de producirse el agotamiento del presupuesto destinado a este efecto.
  • En todo caso, con independencia de la existencia de presupuesto disponible, el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda finalizará el 29 de marzo de 2024.

Otros Documentos de Interés

Ampliación de Plazo: 2401539a.pdf (euskadi.eus)

Tamaño empresa
1 - 250
Sector económico
Sector industrial
Servicios conexos a la industria
Organismo
Gobierno Vasco
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