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Subvenciones para la realización de eventos de atracción turística_2023
Tipo de ayuda:
Turismo
Plazo de solicitud:
12/04/2023 - 15/05/2023
Reglamento:
Minimis

Mediante este programa de subvenciones se pretende apoyar la realización de eventos de atracción turística para alcanzar los siguientes objetivos:
a) Generar impacto social y económico positivo en las comarcas vizcaínas.
b) Contribuir a consolidar el posicionamiento turístico de Bilbao Bizkaia tanto a nivel estatal como internacional.
c) Incrementar el número de visitantes y pernoctaciones en el Territorio Histórico de Bizkaia.

2. La puesta en práctica de este programa se llevará a cabo a través de dos áreas de actuación:
a) Área 1: Subvenciones que no constituyen ayudas de estado (No minimis)
b) Área 2: Subvenciones que constituyen ayudas de estado (Minimis

ÁREA 1: SUBVENCIONES QUE NO CONSTITUYEN AYUDAS DE ESTADO (NO MINIMIS)

HECHO SUBVENCIONABLE

La realización de eventos de atracción turística en el Territorio Histórico de Bizkaia que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tengan impacto social y económico positivo en las comarcas vizcaínas.
b) Contribuyan a consolidar el posicionamiento turístico de Bizkaia.
c) Incrementen el número de visitantes y pernoctaciones

ENTIDADES BENEFICIARIAS

  • a) Entes de gestión turística
  • b) Ayuntamientos y mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia
  • c) Entes del sector público local y Sociedades Públicas locales de capital mayoritariamente público que trabajen en el ámbito del desarrollo turístico de BizkaiA

GASTO SUBVENCIONABLE:

  • Los gastos necesarios para la realización y promoción del evento.
  • El alquiler de locales o de cualquier otro espacio siempre que no sean la sede social de la entidad beneficiaria.
  • El montaje de instalaciones y servicios técnicos para la realización del evento.
  • La publicidad y difusión del evento.
  • La contratación de los seguros exigidos para la realización del evento

CUANTIA DE LA AYUDA:

Los hechos subvencionables tendrán una ayuda máxima del 70% del gasto subvencionable distribuyéndose en función de los puntos obtenidos en la base 23, criterios de valoración de las solicitudes, de la siguiente forma:

  • Entre 42 puntos y 50 puntos el 50%.
  • Entre 51 puntos y 58 puntos el 60%.
  • Entre 59 puntos y 84 puntos: el 70%.

La subvención máxima será de 30.000 euros por entidad beneficiaria en cada convocatoria.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo para la presentación de solicitudes para la primera convocatoria será desde las 08:30 horas del 12 de abril de 2023 hasta las 13:30 horas del 15 de mayo de 2023 y para la segunda convocatoria será desde las 08:30 hora

ÁREA 2: SUBVENCIONES QUE CONSTITUYEN AYUDAS DE ESTADO (MINIMIS)

HECHO SUBVENCIONABLE

La realización de eventos de atracción turística en el Territorio Histórico de Bizkaia que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tengan impacto social y económico positivo en las comarcas vizcaínas.
b) Contribuyan a consolidar el posicionamiento turístico de Bizkaia.
c) Incrementen el número de visitantes y pernoctaciones

ENTIDADES BENEFICIARIAS

  • a) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro en cuyo objeto social esté contemplado el desarrollo de actividad turística.
  • b) Empresas y otros entes sin personalidad jurídica que realicen un evento turístico

GASTO SUBVENCIONABLE:

  • Los gastos necesarios para la realización y promoción del evento.
  • El alquiler de locales o de cualquier otro espacio siempre que no sean la sede social de la entidad beneficiaria.
  • El montaje de instalaciones y servicios técnicos para la realización del evento.
  • La publicidad y difusión del evento.
  • La contratación de los seguros exigidos para la realización del evento

CUANTIA DE LA AYUDA:

Los hechos subvencionables tendrán una ayuda máxima del 70% del gasto subvencionable distribuyéndose en función de los puntos obtenidos en la base 23, criterios de valoración de las solicitudes, de la siguiente forma:

  • Entre 42 puntos y 50 puntos el 50%.
  • Entre 51 puntos y 58 puntos el 60%.
  • Entre 59 puntos y 84 puntos: el 70%.

La subvención máxima será de 30.000 euros por entidad beneficiaria en cada convocatoria.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo para la presentación de solicitudes para la primera convocatoria será desde las 08:30 horas del 12 de abril de 2023 hasta las 13:30 horas del 15 de mayo de 2023 y para la segunda convocatoria será desde las 08:30 hora

Tamaño empresa
0 - >250
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
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