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Ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la CAE, ITSASPEN_2023
Tipo de ayuda:
Inversiones
Plazo de solicitud:
- 29/09/2023

Es objeto del presente Decreto establecer y regular el régimen de ayudas dirigido a potenciar la promoción y el desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mejorando los servicios básicos y la calidad de vida de la población y apoyando la generación de nuevas actividades económicas que contribuyan a la revitalización y renovación de las poblaciones costeras y al desarrollo de las mismas (Programa Itsaspen).

 

Líneas de ayuda

  1. Capítulo II: Ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral
  2. Capítulo III: Ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral

Entidades beneficiarias

  • Capítulo II: Ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral
    • Los Municipios, directamente o a través de sus organismos autónomos, sus entes públicos de derecho privado, sus sociedades públicas; sus fundaciones públicas; los consorcios municipales dotados de personalidad jurídica, las Mancomunidades y las Comarcas.
  • Capítulo III: Ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral
    • Las Administraciones públicas, directamente o a través de sus organismos autónomos, sus entes públicos de derecho privado, sus sociedades públicas; las fundaciones públicas; los consorcios dotados de personalidad jurídica; las corporaciones de derecho público, las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y las comunidades
      de bienes
    • Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica (incluidas las comunidades de bienes) todas y cada una de las personas físicas o jurídicas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias,

Actividades subvencionables

  • capítulo II: Ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral
    • Los proyectos que supongan dotar o mejorar los servicios o infraestructuras básicos de las poblaciones litorales que supongan una mejora de calidad de vida. Véanse centros sociales, guarderías, centros de día, bibliotecas, centros polivalentes, instalaciones y equipamientos deportivos, turísticos, botiquines.
    • Los proyectos que supongan mejora de las infraestructuras básicas para el suministro de energía, abastecimiento de agua y saneamiento, telecomunicaciones.
    • Los proyectos que supongan la adecuación urbanística de poblaciones litorales destinadas a rehabilitar entornos degradados y a mejorar la accesibilidad.
    • Los proyectos destinados al fomento del uso de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la implementación de servicios y equipamientos desde la iniciativa endógena.
  • Capítulo III: Ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral
    • Los proyectos de restauración y puesta en valor del patrimonio histórico-cultural y marítimo pesquero.
    • Los proyectos de recuperación de elementos etnográficos que integran el acervo de la cultura litoral.
    • Los proyectos de restauración y puesta en valor del patrimonio natural, así como el desarrollo de parajes de alto valor natural.
    • Las acciones de sensibilización de todo lo anterior

Gastos subvencionables:

  • capítulo II: Ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral
    • Los proyectos técnicos y la dirección de obra, con el tope del 10% sobre la inversión subvencionable.
    • La ejecución material de las obras de urbanización.
    • La ejecución material de las obras de edificación.
    • La adquisición de maquinaria.
    • La adquisición de utillaje.
    • La adquisición de mobiliario.
    • La adquisición de equipos informáticos y de comunicación, tanto hardware como software.
    • Otras infraestructuras.
  • Capítulo III: Ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral
    • Los proyectos técnicos y dirección de obra con el tope del 10% sobre la inversión subvencionable.
    • La ejecución material de las obras de urbanización.
    • La ejecución material de la obras de restauración.
    • La adquisición de mobiliario.
    • Otras infraestructuras.
    • Los gastos de promoción y difusión (solo para el inicio de actividad).
    • Los estudios vinculados a proyectos e inversiones.

Cuantía de la subvención

  • capítulo II y III :
    • En función de la puntuación obtenida para cada proyecto, máximo 100% y mínimo 30%
    • Los proyectos para poder ser subvencionados deberán haber obtenido un mínimo de 60 puntos.

Plazo de ejecución

  • capítulo II y III :
    • Las inversiones y gastos podrán ser anuales o plurianuales.
    • Para los proyectos anuales, el plazo máximo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2023 y, para los proyectos plurianuales, hasta el 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13 y en el 16 párrafo 3 del Decreto 22/2012, de 21 de febrero.
    • Los proyectos a subvencionar deberán iniciarse en el ejercicio 2023

Definición técnica de zonas litorales

  • ONDARROA: L1
  • LEKEITIO: L2
  • BERRIATUA: L6
  • ISPASTER: L6
  • MENDEXA: L6
  • AMOROTO: L7
  • GIZABURUAGA: L7

Reglamento minimis

Las ayudas previstas en los Capítulos II, III, IV, V, VI, VII y VIII se encuadran de modo general en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006, de la Comisión de 15 de diciembre relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis. No obstante, en el caso de beneficiarios que pertenezcan al sector pesquero, la norma de mínimis que se aplicará será el Reglamento (CE) n.º 875/2007 relativo a las ayudas de mínimis en el sector pesquero. En cualquier caso, se atenderá a los límites de ayuda establecidos en la norma aplicable en cada caso.

Normativa

  • Convocatoria: https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2023/08/2304063a.pdf
  • Bases: https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2012/03/1201055a.pdf
Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
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